El día de hoy se publica el nuevo reglamento interior del IFAI que prevé la existencia de una DIRECCIÓN GENERAL DE VERIFICACIÓN para realizar las siguientes funciones:
Artículo 39.- Son atribuciones específicas de la Dirección General de Verificación:
I. Realizar investigaciones, dictaminar y emitir opiniones en materia de vigilancia y verificación relacionadas con el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables;
II. Sustanciar el procedimiento de verificación conforme a lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sus Reglamentos y a las demás disposiciones aplicables;
III. Elaborar informes y reportes sobre presuntas infracciones e incumplimientos a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en materia de protección de datos personales, así como de sus reglamentos y demás disposiciones aplicables;
IV. Verificar que se cumplimenten las resoluciones que dicte el Instituto en materia de protección de datos personales;
V. Coordinarse con las autoridades federales, estatales y municipales, en su caso, para obtener el apoyo necesario en el ejercicio de sus facultades;
VI. Requerir a particulares y autoridades, la información o documentación necesaria para investigar el probable incumplimiento a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sus Reglamentos y demás disposiciones aplicables;
VII. Suscribir todo tipo de actuaciones y resoluciones para el desarrollo de investigaciones por probables incumplimientos a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sus Reglamentos y a las demás disposiciones aplicables.
VIII. Suscribir todo tipo de actuaciones y resoluciones para la sustanciación del procedimiento de verificación conforme a lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sus Reglamentos y a las demás disposiciones aplicables.
Así que espero ya tengas listo tu aviso y los procediientos para garantizar la protección de la información de tercertos en tu empresa, asociación, organismo, despacho, consultorio, instituto, negocio, establecimiento, etc. Recuerda que las multas van de 100 de 320,000 días de salario mínimo, por lo que si quieres consultar cómo hacerlo en este blog hay mucha información y hasta ejemplos para que no te sorprendan.