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Si tienen un tiempo no olviden este aviso

Se actualizó la redacción de la regla 2.8.1.19 y considero que no está de más presentar el aviso a que hace referencia, aunque se trate de contribuyentes de RIF:

Para efectos del artículo 28, fracciones III y IV del CFF, los contribuyentes personas físicas que opten por utilizar la herramienta electrónica de “Mis cuentas”, conforme a las reglas 2.8.1.5. y 2.8.1.20., para estar exceptuados de llevar e ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del Portal del SAT, en términos de las reglas 2.8.1.6. y 2.8.1.7., deberán ejercer dicha opción a través de la presentación de un caso de aclaración en el Portal del SAT.

Una respuesta a «Si tienen un tiempo no olviden este aviso»

considero que no está de más presentar el aviso a que hace referencia, aunque se trate de contribuyentes de RIF: PREGUNTA : ¿ PORQUE TAMBIEN LOS DEL RIF ? LA REGLA 2.8.1.5 INDICA QUE ELLOS DEBERAN INGRESARA A MIS CUENTAS PARA SUS REGISTROS, NO LO ESTABLECE COMO » OPCION » PENNY, POR FAVOR DIME SI ESTOY CORRECTO O NO, GRACIAS

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