La Autoridad del Trabajo ha desarrollado el Programa de verificación laboral voluntaria, determinando que a aquellos patrones que se inscriban a este Mecanismo Alterno a la Inspección, se les exceptúe de las visitas de inspección ordinarias, en caso de cumplimiento satisfactorio de los requisitos planteados en el mismo, sin que ello implique renunciar a la facultad de esta Autoridad del Trabajo de vigilar el cumplimiento de sus obligaciones laborales.
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