Se publica el Decreto por el que se expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada. Con ello, se establece el marco jurídico que la regulará al ser utilizada a través de medios de comunicación electrónica.
Se destaca que esa Firma Electrónica Avanzada será utilizada tanto por servidores públicos, como por particulares, en los trámites, servicios y procedimientos administrativos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal , de la Procuraduría General de la República (PGR) y las unidades administrativas de la Presidencia de la República.
Asimismo, se menciona que con esta regulación, se pretende mejorar la realización de los trámites y servicios públicos, así como de los procedimientos administrativos y, consecuentemente, se inhibirá la práctica de actos de corrupción, reducirá la discrecionalidad, incrementará la transparencia y se hará más eficiente la gestión gubernamental. Además, habrá un ahorro en materia de recursos humanos y financieros, al implicar un menor consumo de papel y de gastos por servicios de mensajería.