El pasado lunes se publicó un ACUERDO General Conjunto número 1/2013 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) y al expediente electrónico, en donde se establece la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) como el instrumento a través del cual se ingresa al Sistema Electrónico para presentar medios de impugnación (demandas), enviar promociones y/o documentos, recibir comunicaciones, notificaciones y/o documentos oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos competencia de la Suprema Corte, del Tribunal Electoral, de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados, la cual producirá los mismos efectos que la firma autógrafa.
Hemos tenido que utilizar firmas electrónicas para varios procedimientos con las autoridades, no sólo para realizar trámites, comprobantes o declaraciones, sin embargo, ahora se comenzarán a utilizar las firmas de los servidores públicos para establecer comunicaciones con los particulares como notificaciones o recepción de recursos.
La pregunta ahora es: ¿estamos preparados para este tipo de comunicaciones?
Los certificados digitales expedidos por las Unidades de Certificación del Poder Judicial, son el equivalente electrónico tanto de un documento de identidad como de una firma autógrafa que permite la identificación del usuario o del autor del documento en los sistemas electrónicos del Poder Judicial de la Federación y además son intransferibles, irrepetibles, personales y únicos, además de que su uso es responsabilidad exclusiva de la persona que los solicita y se le otorgan.
Y en todas las dependencias que utilizan firmas electrónicas avanzadas o certificados digitales, se establecen principios que acreditan la integridad de los documentos electrónicos, por lo que en esta ocasión los invito a escuchar el programa dedicado a comprender el impacto de la FEA, FIEL o FIREL, en la fase más peligrosa del ciclo electrónico del contribuyente, mañana martes a las 13 hrs. por ARGOS CURSA RADIO
Una respuesta a «Ahora también se llama FIREL»
Buen día Penelope
Perdon pero no encontre otra forma de preguntarte lo siguiente.
tiene que ve con un comprobante de Gasolina,
sub total 411.57
iva 63.47
total 475.04
lo que yo hago pasa registrar contablemente este comprobante es dividir el total de la factura entre 1.16 para obtener la base y despues la multilico por .16, quiero saber si hay algun fundamento legal que me permita hacer esto.
Gracias ojalá y me puedas ayudar.