Sobre la regla 3.13.33 que menciona la facilidad para el sector primario, en RESICO, se aplica lo siguiente:
Para los efectos del artículo 113-J de la Ley del ISR:
Cuando las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades:
Agrícolas
Ganaderas
Silvícolas
Pesqueras
Si realizas operaciones derivadas de estas actividades con personas morales, […]Continuar leyendo