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Comprobantes para deducir colegiaturas

Ya estamos en la recta final del año, y si recuerdan el 14 de febrero, como regalo del día del amor y la amistad, el Presidente Felipe Calderón anunció que a partir de este año se podían deducir las colegiaturas en la declaración anual de las personas físicas, aunque el decreto fue publicado el 15 de febrero de 2011.

El punto aquí, es que los trabajadores cuyos ingresos no rebasan 400,000 pesos, deben decidir si realizan por su cuenta su declaración anual para aprovechar el beneficio, para entonces comunicarle por escrito a su patrón dicha decisión, por lo que en esta liga ponemos a su disposición un ejemplo publicado por el SAT del escrito que deberá presentarse antes del 31 de diciembre.

Sin embargo, a lo mejor alguno de los que está leyendo este artículo tiene toda la intención de presentar su declaración, pero no ha revisado si los comprobantes de colegiatura que tiene reúnen los requisitos necesarios.
Precisamente el SAT dio a conocer la regla miscelánea I.13.8.2 para precisar que hay dos requisitos fundamentales que debe contener el comprobante emitido por instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación:

I. Dentro de la descripción del servicio, deberán precisar el nombre del alumno y en su caso la CURP, el nivel educativo e indicar por separado, los servicios que se destinen exclusivamente a la enseñanza del alumno y el valor unitario de los mismos sobre el importe total consignado en el comprobante.

II. Independientemente de que la persona que recibe el servicio sea diferente a la que realiza el pago, se deberá incluir en los comprobantes fiscales la clave del RFC de este último.
Para lo cual en la página del SAT aparecen los ejemplos de cómo se pueden corroborar dichos requisitos en el contenido del comprobante.
1. Comprobante fiscal impreso tradicional
2. Comprobante fiscal impreso con código de barras bidimensional
3. Comprobante Fiscal Digital
4. Comprobante Fiscal Digital por Internet

Si la institución educativa emite comprobantes digitales, es necesario que se ponga en contacto con su área de sistemas o proveedor de servicios para que incluya en el comprobante el complemento necesario para el archivo XML.

Por último no olviden que para que esta deducción proceda es indispensable que la colegiatura se pague con cheque, transferencia bancaria, tarjeta de crédito, débito o servicios.