“Hoy es mi último día trabajando aquí. Gracias por darme la oportunidad de poder estar colaborando con ustedes. Aprendí muchas cosas y siempre estaré agradecida” Esto es algo que ocurre comúnmente en todos los centros de trabajo. Al tratar sobre la renuncia o despido de un trabajador, suelen confundirse algunos procesos, tal es el caso del finiquito y la liquidación.
A veces, las condiciones de un trabajo no son aptas para todos, ya sea por el flujo de trabajo, ambiente laboral o cualquier situación interna o externa que nos hace sentir inconformes y se opta por renunciar o en caso contrario, ser despedido. México cuenta con una alto índice de rotación de personal, con una tasa del 17 %, de acuerdo con la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos (AMED).
La salida del personal puede deberse a varios motivos; un despido justificado o injustificado, término de un contrato o renuncia voluntaria. En estos casos hay que tener precaución porque si se confunde entre liquidación y finiquito, puede terminar mal para el empleador. Por tal motivo, te contamos en qué consiste cada uno.
Finiquito
El finiquito se presenta cuando es un despido, una renuncia voluntaria, cuando termina el contrato laboral y cuando hay invalidez por enfermedad.
¿Qué contiene el finiquito?
- 15 días de aguinaldo de acuerdo a los años trabajados: Se entrega una parte proporcional de acuerdo al periodo en que se da por terminada la relación de trabajo.
- Pago de las vacaciones y prima vacacional: Con la reforma de vacaciones dignas, los días aumentaron y con ello, el cálculo de la prima vacacional. Puedes consultar la tabla actualizada aquí.
- Salarios que no se hayan entregado por días laborados: Esto quiere decir que si el empleado dejó de laborar el día 5 y le pagan quincenalmente, el pago pendiente serán de esos cinco días.
- Prima de antigüedad: Se otorgan 12 días de salario por cada año de servicio. Sin embargo, sólo aplica para casos específicos, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo:
“La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido;”
Artículo 162, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo. (Énfasis añadido).
Liquidación
En cambio, la liquidación o indemnización es una compensación para el trabajador. Se entrega cuando ocurre un despido justificado e injustificado. Incluso cuando se incumple el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, en donde podemos encontrar acciones que implican una rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador, son motivos para la entrega de la liquidación.
¿De qué se compone?
- 3 meses de salario por indemnización.
- 20 días de sueldo por cada año laborado.
- Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcional de acuerdo a los años laborados.
- Prima de antigüedad del trabajador: Como se menciona en el artículo 51 de la LFT, en este caso se aplica la prima de antigüedad a pesar de que no se haya cumplido los 15 años en el mismo puesto.
- Prestaciones que no se hayan liquidado y quedaron pendientes (cajas de ahorro, etc).
Sin embargo, no aplica la liquidación cuando el trabajador incumple alguna fracción del artículo 47 de la LFT. Si no está ninguna fracción la causa del despido, entonces es injustificado.
Calcula a la perfección el finiquito y la liquidación
Las renuncias y despidos pueden ocurrir en cualquier momento, aún si al trabajador le faltaban 3 o 2 días para cumplir otro año de servicio. Este fenómeno es común y aunque implica una serie de cambios tanto para la empresa como para el empleado, lo ideal sería terminar de la mejor manera la relación laboral.
La salida de trabajadores sucede en cualquier empresa, sin importar el tamaño. Sin embargo, al tratarse de MiPymes, esto suele tener más impacto por la asignación de roles. Ante estas situaciones, es necesario contar con un sistema para realizar movimientos dentro de la nómina.
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