De entrada el CFDI global deberá expedirse a más tardar a las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones que lo integran, ya sea que elijan hacerlo diario, semanal, mensual o bimestral para el caso RIF donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda y, en su caso, el número de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general que se hubieran emitido, utilizando para ello la clave genérica en el RFC a que se refiere la regla 2.7.1.26 que es la XAXX010101000. Los contribuyentes que tributen en el RIF podrán elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral a través de Mis cuentas, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del bimestre y el periodo correspondiente.
Pero como la autoridad vive en un universo paralelo ellos consideran que se deben incluir:
1) Los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo,
2) El número de folio o de operación de cada uno de los comprobantes de operaciones con el publico en general que se emitieron en el periodo.
Podría hacerse pero tendríamos que abrir un concepto para cada número de ticket o nota por relacionar, y la realidad es que la regla indica que se mencionen esos folios por lo que podríamos anotar en DESCRIPCIÓN: VENTAS DEL DÍA SEGÚN TICKETS EMITIDOS DEL FOLIO XXX AL FOLIO YYY. Y en lo que respecta a los contribuyentes de RIF tienen la facilidad de incluir únicamente el monto total de las operaciones del bimestre y el periodo correspondiente, por lo que podrían indicar la descripción de VENTAS DEL BIMESTRE DE OCTUBRE A NOVIEMBRE DE 2017 (aunque también pueden emitir la factura por día, semana o mes).
La otra opción es volver a llenar otra vez el detalle de cada una de las operaciones que se hicieron con el público en general por día o por mes, pero en ese caso cuál es el objetivo de un comprobante global, mejor se hubiera hecho una factura por cada operación con el RFC genérico y listo.
También es importante que consideren los siguientes datos:
CANTIDAD: 1
CLAVE PROD. O SERV: 01010101
CLAVE UNIDAD DE MEDIDA: ACT
FORMA DE PAGO: La clave de la forma más representativa (solo es posible poner una)
METODO DE PAGO: PUE (Pago en una sola exhibición)
USO DEL CFDI: P01 Por definir.
Como se está indicando que el comprobante ya se pagó, no será necesario elaborar un complemento de recepción de pagos.
Se consigna el importe total de las operaciones y sólo en caso de no pertenecer al Régimen de Incorporación, desglosar el IVA y el IEPS; la razón, es porque debido al estímulo con el que goza el RIF desde hace varios años de no pagar el IVA ni el IEPS en las operaciones con el público en general, está condicionada a no desglosar los impuestos en los comprobantes.