Se publica un decreto con el que se avaló la decisión de los legisladores de eliminar el denominado «veto de bolsillo», que daba al Ejecutivo la posibilidad de omitir de manera indefinida la publicación de un proyecto de decreto remitido por el Congreso de la Unión.
No sé si recuerden pero hace varios años el Congreso aprobó un decreto para poder deducir la gasolina pagada en efectivo y dicho decreto nunca se publicó en el DOF, pues con esta reforma eso ya no volvería a suceder.
La reforma modifica, también, el plazo de 10 días útiles para emitir observaciones, estableciéndose ahora un periodo de 30 días naturales para que el Ejecutivo publique un proyecto remitido por el Congreso o bien para hacer las observaciones, de no devolverse con éstas, el Ejecutivo cuenta ahora con un plazo de 10 días para su publicación, y si esta no ocurriese, el Presidente de la Cámara de origen estaría facultado para ordenar su publicación en los 10 días naturales siguientes.