Como comenté en una nota anterior, se reformó la Ley del Infonavit (Artículo 8° transitorio), el pasado13 enero del 2012, lo que hace posible que los trabajadores pensionados, en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, reciban en una sola exhibición el saldo de su Subcuenta de Vivienda 1997.
Por tal motivo el INFONAVIT ya dio a conocer los trámites para realizar la solicitud en los distintos supuestos, si deseas conocerlos da clic aquí.
Ahora que si lo que tienes son preguntas de este tema, aquí te pongo el catálogo para que lo consultes antes de iniciar tu trámite.
Una respuesta a «Devolución del saldo de la Subcuenta de INFONAVIT»
Lo único cierto hasta el día de hoy, es que el Infonavit está pagando a todo aquel que tiene un Amparo ganado; ya que la presión de los tribunales puede hacerlos merecedores de un Juicio por Desacato, tanto para el Gerente de Servicios Legales del Instituto, como a sus superiores jerárquicos; obligándolos al menos a unas cuantas visitas al Ministerio Público, previa separación de su cargo.
Los que hemos ganado juicios en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, aparte de la espera tortuosa que vivimos en aquella institución, deberemos esperar aún más en el Infonavit; ya que ésta última no está recibiendo a los Actuarios de la Junta para notificar nada relacionado con éste tipo de juicios.
Le sugiero que no haga caso de los lineamientos que a diestra y siniestra publica y modifica el Infonavit, ya que ninguno de ellos tiene carácter legal. No hay reglas expedidas por la autoridad competente que según la modificación de ley la responsable es la SHCP; y ésta no ha publicado nada al respecto en el Diario Oficial.
Licenciado, no ayudemos a desinformar a los ciudadanos. Yo estoy viviendo día a día con los jubilados recuperando por todo lo que de acuerdo a la Ley es su derecho; hemos ganado los juicios y amparos correspondientes y también he estado horas presionando a las autoridades del Infonavit para tramitar los pagos… y lo hemos logrado… con un Amparo en la mano y la presión de demandar el DESACATO. Sólo así hemos logrado el pago justo a los jubilados que representamos…
Atentamente. José Palmieri Cel. (044) 55 3013-8565
No es de mi interés publicitarme; por lo que, si Usted desea publicar mi comentario, autorizo si lo cree conveniente eliminando mis datos personales y número telefónico.