Se dieron a conocer los lineamientos para su operación:
El Expediente se conformará de documentos electrónicos, a través de los siguientes medios de integración:
I. Los particulares autorizarán al Sujeto Obligado la integración del documento electrónico que acredite la resolución de un Trámite o Servicio;
II. Los particulares podrán integrar documentos electrónicos elaborados por ellos mismos o por una persona física o moral, y
III. Los Sujetos Obligados integrarán documentos electrónicos que sean públicos o por su naturaleza se actualicen continuamente, en el ámbito de sus competencias.
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