En términos de la regla miscelánea 1.8 el SAT dio a conocer el nuevo anexo que es donde se establecen los lineamientos para la contabilidad electrónica. Recordemos que la Suprema Corte determinó que lo único inconstitucional de la contabilidad electrónica era el anexo 24 pero en lo que respecta a que los lineamientos para integrar los archivos XML se encuentran en una página web en idioma inglés, que es distinto al idioma oficial que se debe utilizar para registrar la contabilidad en este país que es el español o castellano.
La página en cuestión no ha cambiado y sigue estando en inglés, pero lo que si se ajustó fue el anexo 24, ya que ahora solo contiene el listado de los requerimientos de información de los documentos que se envían al SAT y los catálogos involucrados y hasta el final del documento se encuentra el siguiente texto:
La referencia técnica en materia informática para la construcción de los archivos digitales XML que contienen la información mencionada en el presente Anexo, se encuentra contenida en el documento técnico, que deberán utilizar los entes especialistas en informática y telecomunicaciones que realicen la construcción de cada uno de los archivos a enviar a través del Buzón Tributario o el portal de trámites.
Por lo que para conocer el detalle de cómo se integran las pólizas, balanzas y demás documentos relacionados es necesario bajar un nuevo documento: Contabilidad en medios electrónicos, Anexo Técnico, que nos remite a un documento con todas las especificaciones y la remisión a una nueva referencia en el siguiente sitio web http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance que por cierto sigue estando en inglés pero con la novedad de que al final del documento están las opiniones de varios expertos en este tema, incluso asesores de PAC´s que justifican el por qué es necesario que las especificaciones permanezcan en inglés, de las cuales cito sólo un extracto:
«Dada la explicación técnica anterior y basado en mi experiencia como Arquitecto de Software, veo correcta la definición de solución que plantea el Servicio de Administración Tributaria, para el intercambio de información vía XML, resaltando que el espacio de nombres debe ser interpretado por una plataforma de software y no accedido por un humano.»
Por lo tanto, el documento contiene una advertencia del SAT para justificar el idioma inglés por lo que se indica que: La referencia al consorcio W3 descrita en este documento es de carácter puramente tecnológico, todos los lineamientos que ahí se describen corresponden a un lenguaje de programación que no pueden traducirse a la forma y sintaxis de otro idioma como el español. Dicho lenguaje de programación es de uso exclusivo de los sistemas informáticos y no para uso del contribuyente o usuario final.
El problema es que los contribuyentes que pagamos impuestos, los que calculamos e integramos la información financiera aún somos seres humanos y en México el idioma conocido es el español, pero ahora me pregunto cómo se sentirán los ministros de la Suprema Corte de Justicia ante tal información y hasta qué punto será necesario reformar la Constitución que está a punto de cumplir sus primeros 100 años para contener las garantías necesarias hacia los ciudadanos en este mundo digital. De cualquier modo nos vemos el próximo 17 de octubre en la CANACO para platicar del tema y aprender a vincular CFDI en las pólizas porque también se dio a conocer en la Cuarta Modificación Miscelánea que este anexo entra en vigor el 1 de noviembre de 2016.
«¿Son tus ojos los de un simple mortal?
¿Ves las cosas como las vemos nosotros?» JOB 10:4 NVI
Descarga el ANEXO 24
Descarga el ANEXO TÉNICO