El Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer el siguiente criterio normativo en materia de integración del Salario Base de Cotización:
01/2016: Cantidades entregadas en efectivo o en especie a los trabajadores o depositadas en sus cuentas personales o de nómina por concepto de aportaciones a fondos o planes de pensiones, integran al salario base de cotización de conformidad con el artículo 27, primer párrafo de la Ley del Seguro Social.