Esto sà es para celebrar porque finalmente se publicó una regla que traerá muchas facilidades en materia de comprobantes, pero mejor no se las platico y revÃsenla ustedes mismos:
Opción para no expedir comprobantes fiscales por las parcialidades
I.2.7.1.13. Para los efectos del artÃculo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando el pago de la contraprestación respectiva se efectúe en parcialidades, los contribuyentes podrán optar por emitir un sólo comprobante fiscal en donde señalen expresamente tal situación, mismo que además deberá contener el valor total de la operación de que se trate, el monto de los impuestos retenidos, asà como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el artÃculo 29-A, fracción VII, inciso a), segundo párrafo del propio CFF.
CFF 29-A
La ventaja es que esta facilidad será aplicable a los comprobantes fiscales expedidos desde el 1 de enero de 2012.
Una respuesta a «El SAT nos da nuestro regalo del dÃa de reyes»
ESTO ES CUANDO AUN NO SE EMITE EL COMPROBANTE FISCAL, PERO SI YA ESTA EMITIDO Y LUEGO SE VA PAGANDO EN PARCIALIDADES, COMO SOPORTO MIS PARCIALIDADES, DISCULPE.