Quisiera pensar que es un olvido de la autoridad pero me temo que no y ya vamos a tener que ponerle a los comprobantes el METODO DE PAGO, los últimos cuatro dÃgitos de la cuenta bancaria o la tarjeta, el RÉGIMEN FISCAL, la CUENTA PREDIAL en caso de arrendadores y de paso expedir comprobantes por cada parcialidad cobrada, ya que las reglas I.2.7.1.5 y I.2.7.1.13 vigentes en 2013 no se emitieron para 2014.
La que sà prevaleció es la de UNIDAD DE MEDIDA:
Concepto de unidad de medida a utilizar en los CFDI
I.2.7.1.7. Para los efectos del artÃculo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF, los contribuyentes podrán señalar en los CFDI que emitan, la unidad de medida que utilicen conforme a los usos mercantiles.
Tratándose de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en el CFDI se podrá señalar la expresión NA o cualquier otra análoga.