¿Cuántas son las probabilidades de que un sismo se repita un mismo día? Este evento ha marcado la vida de muchos, para algunos descubriendo que su corazón es de carne y no de piedra, pero para otros enfrentando la pérdida de todo su patrimonio. Es por ello que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (2 de octubre) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017.
Entre los beneficios fiscales se encuentran:
1.Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del impuesto sobre la renta correspondientes a los meses de septiembre a diciembre de 2017, al tercero y cuarto trimestres de 2017, así como al tercer cuatrimestre de 2017, según corresponda.
2.Deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo que realicen en dichas zonas afectadas.
Pagos en parcialidades del ISR, IVA y del IEPS, entre otras consideraciones.
También es importante recordar que ha habido otras zonas afectadas por lo que La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el 29 de septiembre a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), los siguientes Decretos.
1.Decreto de Declaratoria de la Zona Económica Especial de Coatzacoalcos.
2.Decreto de Declaratoria de la Zona Económica Especial de Lázaro Cárdenas-La Unión.
3.Decreto de Declaratoria de la Zona Económica Especial de Puerto Chiapas.
4. Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales
5. Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales.
Entre los beneficios que otorgan los Decretos antes señalados son:
1.Aplicación de la tasa del 0% del IVA por ciertos actos o actividades.
2.Devolución inmediata del IVA.
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