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Facilidad para renovar fieles de personas morales

Esta regla es muy interesante y se dio a conocer en el anteproyecto de a primera modificado a a resolución miscelánea

REGLA 13.2
Renovación del certificado de e.firma de las personas morales cuando este haya perdido su vigencia

Para los efectos de la regla 2.2.14., las personas morales podrán solicitar la renovación de su certificado de e.firma cuando el certificado haya perdido su vigencia dentro del año previo a la solicitud correspondiente, siempre y cuando el representante legal que haya tramitado el certificado caduco sea el mismo y cuente con certificado de e.firma activo, y la renovación se solicite de conformidad con la ficha de trámite 306/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma caduco para personas morales”, contenida en el Anexo 1-A, a más tardar el 30 de abril de 2021.
CFF 17-D, RMF 2021 2.2.14.