Se les informa qué habrá cambios en el formato de la declaración anual de personas morales 2019.
1.- La aplicación para la declaración anual estará disponible a partir del lunes 13 de enero, el sistema se van a estructurar en dos apartados, uno para que se ingrese a la declaración anual de 2019 (esta plataforma no funciona para otras declaraciones) y otro para declaraciones anteriores, es esta última donde se presentarán las declaraciones complementarias.
2.- Referente a los datos que precarga el sistema para la declaración 2019:
a) Los montos de los ingresos acumulables no se podrán editar directo en la declaración anual, solo se a través de los pagos provisionales.
b) Los apartados de deducciones autorizadas si podrá editarse, la única deducción que no será editable es la correspondiente a nómina la cual estará ligada a los CFDI de nómina que se hubieran emitido y al entero de la retención correspondiente, si no se detecta el entero de la retención tampoco se incluirá como deducción, (dicha erogación será por el mismo importe que pueden identificar en el visor de nómina).
c) Los datos del impuesto acreditable en la declaración anual estará ligado a la información que se proporcione en el pago provisional efectuado.
Que Dios nos agarre confesados