*Vigencia de la RMF 2018 para el ejercicio 2019:*
(Cita textual)
SEXTO. Se reforma el Artículo Primero Transitorio, primer párrafo de la RMF para 2018 publicado en el DOF el 22 de diciembre de 2017 para quedar como sigue:
«Primero.La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2018 y estará vigente hasta en tanto el SAT emita la RMF para 2019, excepto lo dispuesto en las fracciones siguientes:»
Fuente: artículo Sexto de la Tercera Modificación a la RMF 2018, DOF 19 octubre 2018
Nota: información al 2 de enero de 2019