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Actualidad contable y fiscal

No está prohibido cancelar

Es necesario revisar el fundamento del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación. Porque la cancelación es la forma más práctica de corregir un comprobante, la cosa es que hay que tener a la mano, justificación y soporte documental.

Lo que sí es importante comentar, es que el robot si identifica cuando los folios se vinculan, pero no logra interpretar la razón, bueno al menos ahora. Por ello esta jurisprudencia resulta muy importante al señalar que la cancelación de CFDI dentro del mismo ejercicio del que se expidió no resulta razonable ni congruente.