De acuerdo con el artículo octavo de las disposiciones transitorias de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, este nuevo procedimiento de cancelación de CFDI es aplicable a partir del 1 de julio de 2018. Sin embargo, al día de hoy, la autoridad no ha publicado las reglas y el procedimiento de transición a fin de que los contribuyentes puedan dar trámite a las solicitudes de cancelación solicitadas, lo cual nos imposibilita, por el momento, a cumplir con dicha obligación.
Por esta situación les invitamos a conservar la calma y esperar el anteproyecto con la siguiente modificación miscelánea, y mientras eso sucede se considera que podemos continuar cancelando los comprobantes con los procedimientos que habitualmente realizamos.