Existen precedentes a este «nuevo» criterio en materia del Seguro Social, donde reiteradamente el Instituto menciona que cuando se paguen en efectivo o incluso se depositen cantidades, por cualquier concepto (aquí sabemos que el cerebro humanos es muy creativo), […]Continuar leyendo
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-75
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
ALIMENTOS. CASO EN EL QUE NO ESTÁN EXENTOS PARA EFECTOS DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- El artículo 109, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, […]Continuar leyendo