RECURSO DE REVISIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO.
LA FALTA DE EVIDENCIA CRIPTOGRÁFICA DE LA FIRMA DE QUIEN LO INTERPONE POR CORREO ELECTRÓNICO NO TIENE COMO CONSECUENCIA SU DESECHAMIENTO (INTERPRETACIÓN DEL ACUERDO GENERAL 13/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL). […]Continuar leyendo
Fíjense que con todo esto de las invitaciones «moraditas» que están llegando a diestra y siniestra, aunado a que se acercan los cierres de todos los contribuyentes por la presentación de declaraciones anuales, […]Continuar leyendo