SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN. ES ILEGAL TENER POR DESISTIDO AL CONTRIBUYENTE DE DICHO TRÁMITE, SI PREVIAMENTE LA AUTORIDAD NO REALIZÓ ALGÚN REQUERIMIENTO.- El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, establece tres supuestos en los que se podrá tener por desistido al contribuyente de su solicitud de devolución, […]Continuar leyendo