49/2013/CTN/CS-SASEN (Aprobado 12va. Sesión Ordinaria 6/12/2013)
DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR POR CONCEPTO DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LAS AUTORIDADES NO PUEDEN TENERLAS POR DESISTIDAS ADUCIENDO INEXISTENCIA DE OPERACIONES, SIN EJERCER FACULTADES DE COMPROBACIÓN. […]Continuar leyendo
DEVOLUCIÓN DE CONTRIBUCIONES. CONFORME AL ARTÍCULO 22, PÁRRAFO SEXTO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, SI LA AUTORIDAD FISCAL NO REQUIERE AL CONTRIBUYENTE EN EL PLAZO DE 20 DÍAS SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD RELATIVA, […]Continuar leyendo
INTERESES EN MATERIA FISCAL. EL ARTÍCULO 22-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO ESTABLECE UN TRATO DIFERENCIADO PARA SU PAGO ENTRE QUIENES TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN A CAUSA DE UN PAGO DE LO INDEBIDO Y QUIENES GENERARON ESE DERECHO POR VIRTUD DE UN SALDO A FAVOR. […]Continuar leyendo
DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR. PARA NEGAR LA SOLICITUD RELATIVA POR PRESUMIRSE LA INEXISTENCIA MATERIAL DE LAS OPERACIONES AMPARADAS POR LOS COMPROBANTES FISCALES EN QUE SE SUSTENTA, ES INNECESARIO SEGUIR PREVIAMENTE EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. […]Continuar leyendo
Finalmente la profecía se cumplió y no hay otro modo de presentar muchos de los nuevos trámites modificados en el anexo 1-A, por cierto la semana pasada se colgó en este blog una lista para que los vayan considerando, […]Continuar leyendo
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.prodecon.gob.mx, la recomendación 21/2015, mediante el cual el titular de la Administración Local de Auditoria Fiscal de Zapopan negó las devoluciones de saldo a favor por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA), […]Continuar leyendo
Si alguno de los lectores ya esperó todo el tiempo necesario y no ha recibido su saldo a favor, posiblemente lo inviten a enviar una nueva declaración complementaria pero por favor antes del envío considere lo siguiente:
Saldos a favor del ISR de personas físicas
2.3.1. […]Continuar leyendo