Retenciones IVA en flujo de efectivo
En varios cursos me preguntaron acerca de qué tratamiento iban a tener los servicios facturados en 2019 pero pagados en 2020 y en el artículo 50 transitorio de la resolución miscelánea para 2020 se nos aclara lo siguiente:
1) Los contribuyentes estarán obligados a efectuar la retención del 6% del valor de las contraprestaciones que sean efectivamente pagadas a partir del ejercicio 2020. […]Continuar leyendo
Una manera de comenzar el último mes del ejercicio y preparándonos para ver lo que nos depara la nueva administración es echando un vistazo a la Cuarta Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal. […]Continuar leyendo
VALOR AGREGADO. LA OBLIGACIÓN DE RETENCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 1o.-A, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO VIGENTE EN 2005, ES CONSTITUCIONAL.
Conforme al citado precepto, están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade los contribuyentes que adquieran bienes tangibles, […]Continuar leyendo
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. NO PROCEDE LA DEVOLUCIÓN SI EL CONTRIBUYENTE PARA OBTENER SALDO A FAVOR ACREDITÓ INDEBIDAMENTE EL IMPUESTO, CON RETENCIONES NO ENTERADAS DENTRO DE LOS PLAZOS QUE SEÑALA LA LEY.- Conforme a los artículos 1-A, […]Continuar leyendo
El 13 de septiembre de 2011 se publicó el extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes que deriven de consultas reales y concretas.
Conforme al artículo 59 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, […]Continuar leyendo