Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:
Autotransporte Federal
Marítima
Aérea
Ferroviaria
El complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia. […]Continuar leyendo
Apenas nos recuperamos de la sorpresa con la publicación de la primera resolución miscelánea y ya salió en la página del SAT un anteproyecto de la SEGUNDA MODIFICACIÓN ¿?
Por lo que contiene, […]Continuar leyendo