De entrada el CFDI global deberá expedirse a más tardar a las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones que lo integran, ya sea que elijan hacerlo diario, semanal, mensual o bimestral para el caso RIF donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda y, […]Continuar leyendo
Para muchos resultaba inconcebible emitir un comprobante digital por todas las operaciones al público en general, además de que sacando las cuentas por timbre que se tendrían que pagar, resultaba una verdadera rentita; […]Continuar leyendo