El SAT da a conocer las acciones que deberán considerar los usuarios de comercio exterior respecto a los trámites que tiene a su cargo durante el periodo de mantenimiento de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), del 8 al 15 de febrero de 2025.
Durante el periodo referido, serán suspendidos los servicios y la generación de trámites a través de la VUCEM, por lo que las promociones y trámites competencia de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) del SAT deben presentarse a través de la
Oficialía de Partes de dicha unidad administrativa, ubicada en el domicilio Av. Hidalgo núm. 77, módulo 3, planta baja, Colonia Guerrero, 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
Tratándose de los trámites que se enlistan a continuación, estos deberán presentarse ante la Oficialía de Partes de la administración desconcentrada de Auditoría de Comercio Exterior correspondiente al domicilio del promovente:
• 57/LA Aviso mensual sobre importación y venta de vehículos usados.
• 58/LA Aviso de importación temporal de mercancías que realicen los residentes en el extranjero.
• 59/LA Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX a terceros registrados para operar en su Programa para llevar a cabo procesos de submanufactura y prórroga para permanecer en las instalaciones donde se realice el servicio.
• 71/LA Aviso mensual de transferencias para realizar operaciones de submaquila.
• 102/LA Aviso para la destrucción de desperdicios conforme al artículo 109 de la Ley, para empresas con Programa IMMEX.
• 139/LA Aviso para importar en diversos momentos mercancías desmontadas o sin montar.
En lo que concierne al trámite E14. Formato para presentar el Dictamen de compensación o disminución de gastos contra el aprovechamiento a cargo, deberá ser ingresado en la Oficialía de Partes de la AGACE ubicada en Av. Hidalgo núm. 77, módulo 3, planta baja, Colonia Guerrero, 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, dirigido a la Administración Central de Planeación y Programación de Auditoría de Comercio Exterior
Para efectos de lo anterior, se debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18 y 18-A del Código Fiscal de la Federación. Asimismo, el promovente debe acreditar su personalidad conforme a lo establecido por el artículo 19 del Código Fiscal de la Federación.
Por lo que respecta a los siguientes avisos, se deben presentar de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y sus Anexos 1 y 2:
• 109/LA Aviso de donación de mercancía a favor del fisco federal.
• 108/LA Aviso de destrucción de mercancía destinada al régimen de depósito fiscal.
• 93/LA Aviso para la destrucción de mercancías importadas temporalmente para competencias y eventos deportivos.
• 94/LA Aviso de la destrucción de mercancías importadas temporalmente para competencias y eventos de automovilismo deportivo.
• 111/LA Aviso para la destrucción de mercancías de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías.
• B17. Aviso de retorno seguro de vehículos extranjeros.
• B7. Aviso de opción para la determinación del valor provisional (seguro global de transporte).
El SAT invita a los usuarios de comercio exterior a tomar las precauciones necesarias para evitar interrupciones en sus operaciones. Durante el periodo de mantenimiento de la VUCEM no habrá suspensión de plazos, por lo que estos se continuarán contabilizando con independencia del medio por el cual la solicitud o promoción haya sido presentada.