Respecto de aquellos patrones o sujetos obligados que reanuden actividades en los términos que establezcan las autoridades sanitarias correspondientes; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19. Y se amplia hasta el 20 de julio de 2020, el plazo para la presentación a través del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), de las constancias de acreditación y membresía de contador público autorizado y del aviso de dictamen por el ejercicio 2019. Tercero.- Ampliar hasta el 26 de noviembre de 2020, el plazo para la presentación en el SIDEIMSS del dictamen del cumplimiento de obligaciones
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