Apenas nos recuperamos de la publicación de la Resolución completa para 2012 y el SAT ya publica los primeros ajustes.
Resulta que se establecen las reglas para que las personas físicas paguen sus contribuciones utilizando su tarjeta de crédito, nada más tengan cuidado con los meses sin intereses porque puede resultar peor.
Y continuando con el tema de que no va a haber plataforma para hacer declaraciones una semana, tratándose de los contribuyentes obligados a utilizar el servicio de declaraciones y pagos de conformidad con la regla II.2.8.5.1. y que durante el periodo comprendido entre el 28 de enero de 2012 y el 6 de febrero del mismo ejercicio, tengan la obligación de presentar pagos provisionales o definitivos por concepto del ISR propio, retenido o IVA, cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida dentro del periodo señalado, podrán realizar el pago correspondiente a más tardar el 7 de febrero de
2012, pues ya que.
Aquí les pongo el anteproyecto de la primera modificación miscelanea y también el anteproyecto del anexo 1-A para que los estudien.