Cálculo manual de aguinaldo. ¡¡¡ Importante !!! Si desea hacer el pago de Aguinaldo en parcialidades consulte la guía de ayuda 1107 (https://www.control2000.com.mx/guias/main/ver_guia/001107.html) pago de conceptos en parcialidades. ¡¡¡ Importante !!! Antes de Realizar el cálculo de Aguinaldo es necesario hacer respaldo de su información, puede apoyarse de la guía 036 (https://www.control2000.com.mx/guias/main/ver_guia/000036.html) para realizar este proceso. Debe tomar en cuenta porque articulo hará el cálculo del aguinaldo si por el Art. 96 LISR o por el Art. 174 RLISR dependiendo de porque articulo lo vaya a realizar debe seguir los pasos. Art. 174 RISR Si se va a generar un recibo independiente del Aguinaldo se Debe crear un concepto idéntico al que ya viene por default en el sistema. El del sistema corresponde al concepto 049, de ese concepto se tiene que copiar la formula de exención de la siguiente manera: Ingrese a menú Catálogos/Conceptos, seleccione el concepto 049 y de en botón de cambio, visualizara el botón dará clic y le desplegará otra pantalla donde está la fórmula que debe copiar, puede pegar en un bloc de notas para después utilizarla. Vuelva al catálogo de los conceptos y de clic en el botón de alta asignará los siguientes datos:
En pestaña Afectación Global debe colocar el Tipo percepción/Deducción para CFDI. ¡¡¡ Importante !!! De clic en el botón y pegue la fórmula que se había copiado anteriormente, tiene que tomar en cuenta si se hará el calculo por el salario mínimo o por el valor de UMA. Si requiere cambiar la fórmula de clic aquí. Una vez creado los conceptos debe ingresar al menú Cálculo/Afectación/ Global afectaciones/Insertar.
Ingrese al menú Calculo/Afectaciones/Trabajador para este punto todos sus trabajadores deben tener el concepto de aguinaldo, solo debe colocar el monto que le otorgara al trabajador y dar en botón de cálculo o tecla F7, en automático cuando calcule le agregara el concepto de ISR Aguinaldo. De esta manera se puede timbrar por separado, es decir, tener un timbrar por la nomina y uno por aguinaldo. Antes de mandar a timbrar tiene que crear un tipo de recibo exclusivo para aguinaldo, en el menú Catálogos/Tipos de Recibo de clic en el botón alta
Para timbrar ingresar al menú Reportes/Emisiones en el apartado de prepara recibo está el botón donde se hara un filtro para poder timbrar solo el aguinaldo. De clic en el boton de alta para generar un nuevo filtro y de clic en OK. - Debe colocar el Filtro que se acabca de crear - Seleccionar Incluir Afectaciones - Debe dar doble clic a los conceptos que creo de aguinaldo e ISR Aguinaldo para que se muestre en la parte de abajo, solo esos seran los que se van a timbrar. - Por último, de clic en el botón de Actualiza el filtro y paloma verde. Debe llenar los datos como normalmente lo realiza. - Tipo de recibo: el que genero para aguinaldo - Seleccionar Generar y paloma verde. En la vista preliminar observara que solo apareceran las afectaciones que se seleccionaron en el filtro, así ya puede proceder a timbrar. Art. 96 de LISR En caso de que se vaya a timbrar el Aguinaldo junto con los conceptos de la Nómina ordinarios se Debe crear un concepto idéntico al que ya viene por default en el sistema. El del sistema corresponde al concepto 049, de ese concepto se tiene que copiar la fórmula de exención de la siguiente manera: Ingrese a menú Catálogos/Conceptos, seleccione el concepto 049 y de en botón de cambio, visualizara el botón dará clic y le desplegara otra pantalla donde está la fórmula que debe copiar, puede pegar en un bloc de notas para después utilizarla. Vuelva al catálogo de los conceptos y de clic en el botón de alta asignará los siguientes datos:
¡¡¡ Importante !!! De clic en el botón y pegue la fórmula que se había copiado anteriormente, tiene que tomar en cuenta si se hará el cálculo por el salario mínimo o por el valor de UMA. Si requiere cambiar la fórmula de clic aquí. En pestaña Afectación global debe colocar el tipo percepción/deducción para CFDI. Una vez creado el concepto debe ingresar al menú Cálculo/Afectación/ Global afectaciones/Insertar.
Ingrese al menú Calculo/Afectaciones/Trabajador para este punto todos sus trabajadores deben tener el concepto de aguinaldo, solo debe colocar el monto que le otorgara al trabajador y dar en botón de cálculo o tecla F7, en automático cuando calcule le agregara el ISR correspondiente al concepto 98 retención ISR. Con este tipo de calculo puede realizar el timbrado como lo realiza normalmente. Fórmula de exento IRS El sistema por default cuenta con la fórmula del Salario Mínimo que es la siguiente: En caso de que quiera realizarlo por el valor de UMA tiene que modificar la fórmula para ello realice lo siguiente: De clic en el botón se va a sustituir las dos variables que se denominan SMI_ZO por la variable UNMEAC, una vez los cambie de clic en el botón checar expresión y aceptar. ¡Comuníquese con nosotros! Contáctenos a los teléfonos: 55 88 72 27 95 Y 96 e-mail: [email protected] Estrategia Empresarial S.A. de C.V |